El objeto de las presentes bases es regular el procedimiento para la contratación temporal de personal docente de la Escuela Permanente de Adultos.

Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes, de acuerdo con el artículo 56 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 .

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) Poseer la titulación, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, de Diplomado en Magisterio de Educación Primaria o cualquier licenciatura con el Curso de Aptitud Pedagógica (CAP) o equivalente.

g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier administración pública, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares, a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

h) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previsto en la ley 53/1984, de 26 de diciembre.

En las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria, los aspirantes manifestaran que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria, referidas a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, y se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Rafal presentándose en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en el plazo de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de las bases en el Tablón de Anuncios y en la sede electrónica de Ayuntamiento de Rafal, se presentarán conjuntamente con la instancia:

– Documentación acreditativa de cumplir con los requisitos establecidos en la base segunda, original o copia compulsada.

– Documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase de concurso, original o copias compulsadas.

 

BASES QUE REGIRÁN PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAL DOCENTE DE LA ESCUELA PERMANENTE DE ADULTOS.

Decret llistat de puntuació de la borsa de treball per a la contractació temporal de personal docent de l’escola permanent d’adults (EPA):